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POLITICA

6 de agosto de 2024

El Gobierno reglamentó la primera parte de la Ley Bases: privatizaciones, empleo público y procedimiento administrativo

El Poder Ejecutivo avanza con la implementación de la normativa que contempla las reformas que el presidente Javier Milei impulsa desde su llegada a la gestión.

A casi un mes de la promulgación de la Ley Bases, el Gobierno nacional reglamentó la primera parte de la legislación, con el objetivo de avanzar con las reformas que el presidente Javier Milei se propuso llevar a cabo desde el inicio de su gestión. En esta primera etapa, el Ejecutivo estableció la normativa vinculada al Título II, que contempla las modificaciones en el sistema de empleo público, cambios en los procesos administrativos y las privatizaciones de las empresas públicas.

La reglamentación se hizo efectiva a través del decreto 695/2024 publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. De esta manera, acelera la implementación de la normativa, que fue el resultado de un largo proceso en el Congreso, que incluyó un primer intento fallido en Diputados durante las sesiones extraordinarias y una última ofensiva que se coronó después de una negociación política que encabezó Guillermo Francos, ya como jefe de Gabinete.

El decreto incluye la reglamentación del Título II, relacionado con la reforma del Estado y los cambios en los procedimientos administrativos, como así también los vinculados a la privatización de empresas públicas y la flexibilización de las condiciones del empleo público. Así, se establecieron las precisiones de la implementación de cerca de 60 artículos de la ley.

la primera etapa de la reglamentación de la ley Bases incluye los artículos vinculados a la Reforma del Estado, que prevé un reordenamiento administrativo y cuanta con el apartado sobre las privatizaciones y las modificaciones implementadas a las normativas de empleo público.

La reglamentación del Título II denominado "Reforma del Estado", determina el alcance de la reorganización administrativa para modificar el funcionamiento del Estado y "lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común", "reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit" y asegurar el control interno.

La normativa habilita "la modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario", como también la "fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia" de organismos dependientes del Poder Ejecutivo o entes descentralizados. Sin embargo, exceptúa de la misma al CONICET, el INTA, la Comisión de Actividades Espaciales (CONAE), la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Unidad de Información Financiera (UIF), el SENASA, el CENARD, el Servicio Meteorológico, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), entre otros.

Respecto a las privatizaciones, el decreto cuanta con un anexo en el que se explicitan los detalles del alcance que tendrá la normativa respecto a las privatizaciones en forma total o parcial de Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

Por último, la reglamentación de la ley Bases pone en marcha el nuevo esquema regulatorio del empleo público. El megaproyecto señala en el artículo 52 del Capítulo IV la modificación del artículo 11 del Anexo de la Ley N° 25.164 (Ley Marco) por la siguiente redacción: "El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas; o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación".

"Los agentes que se encontraren en situación de disponibilidad deberán recibir la capacitación que se les imparta; o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional", indica el texto. Sin embargo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización.

De acuerdo a cifras a las que accedió Ámbito, la nueva regulación dejará en la mira del Gobierno a un total de 125.000 empleados que actualmente cuentan con estabilidad plena porque están bajo el amparo de la ley Marco y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Sumados a los 55 mil de planta transitoria, el universo de empleados públicos en riesgo se elevaría a 180.000.

De las regulaciones previstas, queda pendiente de la primera mitad la reglamentación de las delegaciones de facultades en la que se declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año y se delega en el Poder Ejecutivo nacional "las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente".

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