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CAMPO

8 de julio de 2024

Ya rigen el RIGI y la reforma laboral, con impacto en el trabajo agrario

El Poder Ejecutivo publicó el decreto que promulga el paquete normativo impulsado por Milei. También comenzaron a regir las “medidas fiscales paliativas y relevantes”, que incluyen un blanqueo y cambios en Bienes Personales y Ganancias.

El Poder Ejecutivo de la Nación publicó este lunes el decreto que promulga y pone en vigencia la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, conocida simplemente como "Ley de Bases".

La misma fue recientemente sancionada por el Congreso e incluye un amplísimo paquete normativo con numerosas medidas que imponen cambios importantes en la economía.

Entre ellas, la puesta en marcha del Régimen de de incentivo a la Grandes Inversiones (RIGI), que si bien no contempla inversiones realizadas por empresas agropecuarias, sí abarca a sectores vinculados a la cadena agroindustrial, como por ejemplo la industria forestal.

 

Por otro lado, también ya rige a partir de este lunes la reforma o "modernización" laboral, que tiene impacto en el trabajo agrario.

Lo más importante, y que ha sido fuertemente cuestionado por la Unión Argentina de Trabajadores Rurales (UATRE), es que se elimina la obligación de que los empleadores tengan que contratar personal que forme parte de la bolsa de trabajo sindical.

En concreto, la Ley Bases, en lo vinculado al trabajo agrario, dispone la sustitución de los artículos 16 y 69 de la ley 26.727, por los siguientes:

  • Artículo 16: Contrato de trabajo agrario permanente de prestación continua. El contrato de trabajo agrario se entenderá celebrado con carácter permanente y como de prestación continua, salvo los casos previstos expresamente por esta ley. Su extinción se regirá por lo dispuesto en el título XII de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Para los trabajadores de tiempo indeterminado del sector agrario será de aplicación lo dispuesto respecto del período de prueba en el artículo 92 bis de la ley 20.744.
  • Artículo 69: Bolsa de trabajo. Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador.

 

ADEMÁS DE LA LEY BASES, LAS MEDIDAS FISCALES

En tanto, el Ejecutivo también promulgó este lunes el paquete de “medidas fiscales paliativas y relevantes”, establecido en una ley aparte.

Se trata también de un extenso compendio normativo que introduce un blanqueo de capitales y cambios en los Impuestos de Bienes Personales y Ganancias, como los puntos más importantes.

 

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